Es común no conocer las diferencias entre la responsabilidad civil extracontractual y la contractual cuando no se cuenta con una formación jurídica. Esta distinción nace con el Derecho Romano. El Código Civil diferencia principalmente la responsabilidad contractual de la extracontractual en los artículos 1101 y 1902.
La responsabilidad civil es entendida como la obligación de reparación o indemnización que corresponde a una persona por los daños causados a una tercera en consecuencia de una acción o omisión culposa interviniendo culpa o negligencia. Dentro de este ámbito, se debe saber diferenciar entre la responsabilidad civil contractual i la extracontractual. Conocer la definición de cada una y en qué se diferencian es fundamental para comprender mejor el funcionamiento de la cobertura de responsabilidad civil.
Tabla de contenidos
¿Qué es la responsabilidad civil contractual?
Según la STS de 24 de julio de 1969, la responsabilidad civil contractual es el conjunto de obligaciones legales que la persona obtiene con otra mediante una relación contractual. Sin embargo, existe un requisito; los daños deben ser provocados mediante un incorrecto cumplimiento del contenido del contrato, pacto, acuerdo o convenio. Un ejemplo muy claro de este tipo de responsabilidad civil es el contrato de alquiler, donde cada parte asume obligaciones con el otro.
Regulada en el Código Civil, dentro del artículo 1.101 y siguientes, este tipo de responsabilidad civil necesita un contrato con una prescripción de 15 años. En cuanto a los daños, la indemnización está limitada, dependerá de los daños relacionado con el perjuicio generado del incumplimiento del contrato (1.106 CC). En el caso de ser la parte beneficiaria, se deberá reclamar la responsabilidad civil contractual en el mismo lugar donde se firmó el contrato. Si no se pudiera realizar de esta forma, se hará en el hogar del demandado o demandada.
“Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas”.
Art. 1101 del Código Civil.
¿Qué es la responsabilidad civil extracontractual?
Contrariamente, la responsabilidad civil extracontractual carece de obligaciones recíprocas entre las partes, pues, no hay una relación contractual. Sin embargo, sí existe la obligación del causante de reparar los daños ocasionados a la tercera persona. Un ejemplo muy claro es un accidente de automóvil. El conductor o conductora que ha provocado el accidente debe hacerse cargo de los daños que ha provocado a una tercera persona de manera obligatoria, aunque no exista una relación contractual entre los dos conductores o conductoras.
Regulada en el Código Civil, dentro del artículo 1.902 y siguientes, la responsabilidad civil extracontractual no necesita un contrato para generarse. Aun así, sí que tiene una fecha de prescripción y es de un año (art. 1986 CC). En cuanto a los daños, la responsabilidad extracontractual no tiene límites, pues, se debe reparar cualquier tipo de daño que se haya ocasionado.
“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.
Art. 1902 del Código Civil.
Un ejemplo:
“El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias”.
Art. 1907 del Código Civil.
Tabla de diferencias
Sin embargo, algunos autores reconocen que la distinción entre las dos tipologías de responsabilidad civil no debería existir, pues, en cualquiera de las dos se busca el resarcimiento del daño.
Seguro de Responsabilidad Civil
En Serpreco, correduría de seguros del Grupo La Mutua de los Ingenieros, ofrecemos distintas opciones de seguros de Responsabilidad Civil. Tenemos la General, que funciona con el objetivo de proteger el patrimonio de la persona asegurada, indemnizando el daño causado a un tercero por actos o omisiones de los que sea directamente responsable o relativos a personas de las cuales deba responder a consecuencia de la actividad empresarial desarrollada.
Del mismo modo, también ofrecemos un seguro de Responsabilidad Civil de Constructor o Instalador, que da cobertura a la responsabilidad civil legal que puede incurrir la persona asegurada por daños personales y/o materiales causados a terceros, como constructor/instalador.
Ponemos a disposición el seguro de Responsabilidad Civil Profesional para profesionales y empresas para dar cobertura ante las consecuencias que pueda implicar la imputación de responsabilidad civil por daños personales o materiales, o perjuicios a terceros a quien se ha prestado un servicio profesional, ya sea en nombre propio o en nombre de una sociedad.
Ofrecemos un seguro de Responsabilidad Civil por Obra (Single Project), que contempla la cobertura de la responsabilidad civil profesional, pero por una obra o proyecto en concreto y de manera única y exclusiva, independientemente del resto de trabajos.
Tenemos un seguro de Responsabilidad Civil de Directivos y Altos Cargos (D&O) para hacer frente a reclamaciones derivadas de los distintos órganos administradores y directivos por las decisiones tomadas como empresario (responsabilidad mercantil).
Somos mediadores de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional de los Ingenieros Industriales de Cataluña, que garantiza a los ingenieros industriales colegiados la responsabilidad civil profesional que pueden incurrir por daños materiales, corporales y patrimoniales, causados involuntariamente a terceras personas, así como otros 50 Colegios y Asociaciones Profesionales.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros, te atenderemos sin ningún tipo de compromiso.