¿El seguro del hogar cubre los daños eléctricos?

El daño eléctrico es uno de los siniestros más comunes en el hogar. Según el ICA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones), 1 de cada 10 siniestros se producen por daños eléctricos. Éstos pueden provocar graves consecuencias, tanto en la infraestructura del hogar como en su contenido. Por este motivo, es recomendable conocer qué cubre tu seguro para estar protegido o protegida ante cualquier problema técnico que pueda sufrir tu hogar.

Los daños eléctricos se pueden producir en el contenido (los bienes que se encuentran dentro de la vivienda) o en el continente (la obra e instalaciones) del hogar. En el caso de que los daños se provoquen en las instalaciones eléctricas, los costes pueden llegar a ser inasumibles por el propietario o propietaria del hogar. Es por ello que es importante contratar un seguro del hogar con una cobertura de daños eléctricos, tanto en el contenido como en el continente.

Daños eléctricos en el contenido

Todo aparato electrónico pude sufrir daños ocasionados por subidas o bajadas de tensión. Aunque este fenómeno es cada vez menos habitual, es muy común que tenga lugar en zonas rurales, aunque también puede pasar en grandes ciudades. Del mismo modo, pueden ocurrir por la existencia de arcos voltaicos, por un suministro de corriente anormal o un cortocircuito.

Siempre se deberá demostrar a la aseguradora que los daños sufridos han sido por daños eléctricos. Se deberá hacer mediante la obtención de un documento que lo pruebe o un análisis de un perito que envíe la aseguradora.

Los aparatos que más se reclaman a las aseguradoras son la nevera, la vitrocerámica y los televisores. Esto se debe al hecho de que son los aparatos eléctricos que más horas en funcionamiento tienen, así pues, tienen más posibilidades de estropearse.

Daños eléctricos en el continente

Los seguros acostumbran a cubrir todos aquellos elementos que conforman la estructura eléctrica del hogar. Es decir, todo el sistema de cableado, los interruptores instalados o los enchufes, entre otros.

Es importante que el asegurado o asegurada puede acreditar la causa de la avería mediante un informe técnico de la misma compañía eléctrica o de un perito de la aseguradora. Una vez revisado, la aseguradora deberá estudiar los documentos para aprobar la reparación o la indemnización, siempre y cuando no se trate de falta de mantenimiento o por incumplimiento normativo vigente de la instalación.

¿Qué cubre el seguro del hogar?

Todo depende de lo que tengas contratado y pactado con la aseguradora. En Serpreco, correduría de seguros del Grupo La Mutua de los Ingenieros, ofrecemos un seguro del hogar multirriesgo que cubre los daños eléctricos y todos los gastos que se deban asumir como consecuencia de éstos. A través de distintos acuerdos que tenemos con las mejores compañías aseguradoras, podemos ofrecerte la que mejor se adapta a tus necesidades.

¿Qué no cubre el seguro del hogar?

Cada póliza señalará las exclusiones, así pues, si no tienes claro cuáles son las exclusiones de tu póliza, te recomendamos que contacte con un mediador de seguros experto, como Serpreco. Sin embargo, como regla general, podemos afirmar que, en cuanto al contenido, se cubre el mobiliario situado en interior de la vivienda. Esto deja sin cobertura a todos los muebles o aparatos eléctricos que se encuentren en el jardín o patio, en el caso de que tengas. No obstante, recalcamos que dependerá de tu póliza.

También, cabe destacar que es necesario acreditar la antigüedad del aparato eléctrico, pues, es común que la entidad aseguradora no proteja todos aquellos aparatos eléctricos con una vida mayor de 10 años, pues, pueden averiarse como consecuencia de su uso constante durante los años. Si los daños afectan solamente de forma estética, la aseguradora no estará obligada a indemnizar a los asegurados o aseguradas.

Del mismo modo que no se protegen los aparatos eléctricos con cierta antigüedad, por regla general, tampoco se protegen los aparatos de uso intensivo, como pueden ser las bombillas o las lámparas.

Recalcamos que estos daños eléctricos no pueden acabar en incendio, pues la cobertura necesaria no sería la de daños eléctricos, sino la de incendios y su funcionamiento es distinto.

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