¿Cómo afectan las nuevas medidas aprobadas en Cataluña a tu negocio?

El Gobierno de Cataluña anunció el jueves 19 de noviembre nuevas medidas que entraron en vigor el siguiente lunes 23 de noviembre que pueden afectar a tu negocio. Debido a la disminución del número de casos positivos de Covid19 y la estabilización del riesgo de rebrote en Cataluña, la Generalitat estableció la aplicación de un nuevo plan de desescalada con el fin de frenar la segunda ola de coronavirus.

A partir del día 23 de noviembre y hasta el 7 de diciembre se da comienzo a la primera de las 4 fases de desescalada determinadas en el plan de reapertura presentado. Se mantendrá el toque de queda o confinamiento nocturno entre las 22 h y las 6 de la mañana hasta el mes de enero de 2021, así como también el confinamiento perimetral de Cataluña hasta la fase 3.

¿En qué consiste el cierre perimetral?

Al toque de queda de las 22 h en las 6 h que se encontraba en vigor, se le ha de sumar el confinamiento perimetral de Cataluña durante 15 días. No está permitido salir del territorio catalán durante la semana, exceptuando que se trate de casos de movilidad esencial. Por otra parte, durante los fines de semana se aplica el confinamiento municipal, desde la madrugada del viernes (6 h) hasta la mañana del lunes (6 h).

Se permiten desplazamientos dentro de la misma comarca si se realiza deporte de forma individual. De esta manera se busca evitar un incremento de los desplazamientos. Se mantiene la totalidad de los servicios de transporte público para garantizar que no se producen aglomeraciones y se mantiene la distancia de seguridad.

¿Qué se considera movilidad esencial?

Se consideran desplazamientos esenciales:

  • La asistencia a servicios sanitarios y sociales.
  • Las obligaciones laborales, empresariales, institucionales o legales.
  • La educación.
  • El retorno al lugar de residencia.
  • La atención a personas con necesidades especiales o vulnerables.
  • El desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de abastecimiento.
  • Las actuaciones ante órganos públicos, judiciales o notariales.
  • La renovación de permisos y documentación oficial más los trámites administrativos inaplazables.
  • La realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

¿Cómo afectan las nuevas medidas de la fase 1 a la actividad comercial y otros negocios?

En el ámbito laboral, se sigue recomendando aplicar el teletrabajo salvo cuando es imposible hacerlo o cuando no se tengan los medios necesarios. En este caso, hay que aplicar medidas de flexibilidad horaria.

Las nuevas medidas incluyen la reapertura de bares y restaurantes de las 6 hasta las 21:30 h. El reparto a domicilio se mantiene y se alarga hasta las 23:00 h. Estos establecimientos deben garantizar la distancia de 2 metros entre comensales, con un máximo de 4 personas por mesa. En el interior de los locales el aforo estará limitado al 30% si están bien ventilados.

Se reanuda la actividad de gimnasios hasta el 30% del aforo, como también lo hacen las actividades culturales (apertura de cines, teatros, auditorios y similares), estas sin embargo al 50% con un máximo de 500 personas. Se suman en esta fase 1, la reapertura de las salas de conciertos. Las actividades extraescolares que no respetan el grupo burbuja se mantienen suspendidas como también ocurre con las actividades presenciales en los centros cívicos.

Los archivos, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y centros de creación y las bibliotecas abrirán con un aforo máximo del 50%. Los actos religiosos como entierros y bodas mantienen la limitación de la asistencia a un 30% de capacidad sin límite máximo de personas.

Las grandes superficies comerciales todavía tienen que mantener las puertas cerradas, pero los establecimientos que estén dedicados a la venta de alimentación o de productos de higiene, farmacias, ortopedias, ópticas y centros veterinarios pueden permanecer abiertos.

Los comercios con espacios de menos de 800 metros cuadrados pueden abrir limitando su aforo al 30% como han hecho hasta ahora, al igual que los mercados no sedentarios. Por lo que respecta a las tiendas más grandes, deben reducir su superficie comercial.

Las peluquerías y centros de jardinería podrán abrir sin restricciones. Los centros de estética sólo pueden ejercer actividades comerciales con cita previa.

La crisis del coronavirus ha provocado que muchos establecimientos paralicen su actividad y tengan que cerrar las puertas de forma inesperada, y las medidas adoptadas en los últimos días, provocan incertidumbre. Tu negocio es tu mejor inversión, por lo que su seguridad debe tener una atención especial que garantice la tranquilidad y la continuidad del negocio ante cualquier imprevisto y ahora más que nunca, ante esta situación excepcional.

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